El paisaje, una oportunidad ante la necesidad de un cambio

Dr. Jesús Hernández Castán

(Texto extraído de trabajos en curso)

 

El concepto de Paisaje juega un rol fundamental, al poderse afirmar que tal como Hernández-Castán (2024) indica, 

“…el cuidar del paisaje exige el cuidar de sí, pero no en un sentido egocéntrico o egoísta, sino comprendiendo que uno como sujeto individual es también un sujeto colectivo. Colectividad habitada por lo humano y lo otro, más allá de lo humano. El paisaje emerge entonces como un lugar concreto, relacionado con ese cuidado, pero también con las vivencias, con los sentimientos asociados a ello, con los afectos, con las experiencias. Es así resultado de dinámicas de percepción y cuidado del otro, de uno, del hábitat que habitamos los diferentes habitantes. También del pasar del tiempo, del cambio inevitable, de la forma en la que lo miramos y experimentamos. Está vivo siendo forma y fondo, figura y sentimiento. El paisaje, como espacio habitado, también se manifiesta en la relación entre el saber, el hacer y el lugar; entre los conocimientos y baluartes heredados que poco a poco se tornan patrimonio. Es un símbolo, es una geografía, es el reflejo de nuestra relación con la vida, con lo vivo, es fracción y todo a la vez…”

 

Lamentablemente, a pesar su potencial relevancia para transformar la visión que se tiene de la relación naturaleza-sociedad, como indica Navarrete y Checa-Artasu (2019) su conceptualización está apenas esbozada en la legislación ambiental Mexicana, siendo muchas veces asumido como un sinónimo de territorio, o empleado para potenciar perspectivas de gestión sectoriales que aunque teñidas de ímpetus de cambio, no logran concretar esto en su propia configuración, pues como comenta Aguilar (2016) “En estricto sentido, no existen normas jurídicas en México que consideren explícitamente el paisaje como un elemento a tener en cuenta en cualquier ordenamiento territorial o en cualquiera de las legislaciones relacionadas con la protección y defensa del ambiente”.

El concepto de paisaje se destaca por su visión holística, que trasciende los límites disciplinarios y permite comprender la complejidad y la interrelación entre los elementos que conforman un territorio. Así el concepto de paisaje hace que, “los intereses particulares converjan en la conservación de recursos comunes, lográndose una mirada integral y multidisciplinaria que surge de la diversidad propia de una sociedad potenciando con ellos las posibilidades de un desarrollo sostenible” (Campos et al., 2008).

Integrarle en los modelos de gestión territorial amparándole en la legislación puede generar nichos de oportunidad capaces de armonizar aspectos actualmente inconsistentes (delimitación municipal de los ordenamientos ecológicos locales en relación con cuencas bajo manejo comunitario por ejemplo, o escaza transcendencia para la defensa territorial ante procesos de degradación ambiental de los ordenamientos comunitarios forestales); razón por la cual hacerlo se vuelve prioritario, sobro todo ante los rápidos cambios socio-ambientales que amenazan la identidad, estructura y diversidad de los múltiples paisajes del país. Algo que como comenta Núñez et al (2024), es particularmente importante en regiones con problemas de desarrollo, “cuyo principal recurso resulta ser precisamente un paisaje menos alterado que el de las regiones desarrolladas”.

De esta forma “la perspectiva de un concepto de paisaje implicado en la gestión sustentable del territorio y dadas las diferentes percepciones y representaciones de personas y actores sociales que le dan lugar interesan, sobre todo, como expresión de distintas maneras de ver y valorar el paisaje, como herramienta de negociación en las acciones de planificación territorial (Olmo, 2024). Así, con la adopción del enfoque de paisaje en los marcos regulatorios, sería viable crear políticas para fomentar un desarrollo sustentable más fuerte, permitiendo que los Estados reordenen y alineen herramientas de planificación preexistentes en torno a una gestión territorial orientadas al bien común y la sostenibilidad (pues el paisaje, debe ser entendido de igual forma como un bien común, que surge de una mirada colectiva sobre un espacio concreto).

 

 

 


Bibliografía

  1. Aguilar Bellamy, A. (2016) «Algunas consideraciones teóricas en torno al paisaje como ámbito de intervención institucional». Gaceta Ecológica, n.79, p.68-82
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  3. Campos, J. J., Corrales, O. M., & Barriga, M. (2008). El paisaje como eslabón para la política ambiental: Experiencias en cuencas, corredores biológicos y bosques modelo. Políticas de recursos naturales en Centroamérica: Lecciones, posiciones y experiencias para el cambio, 181.
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